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Cooperativa de trabajo asociado
Es una sociedad integrada por personas con intereses o necesidades socioeconómicas comunes para cuya satisfación desarrollan una actividad empresarial de producción de bienes y servicios para terceros.
El número mínimo de socios de trabajo es de tres personas. Ninguno de los socios puede tener más de un tercio del capital social.
DENOMINACIÓN: Denominación de la Sociedad según la voluntad de los socios certificación negativa
CONSTITUCIÓN: Elaboración de Estatutos y otorgamiento de escritura pública.
Inscripción en el Registro de Cooperativas de la Generalitat Valencianal
Nº SOCIOS: Mínimo 3 socios trabajadores
APORTACIONES AL CAPITAL SOCIAL: Dinero, trabajo, bienes o derechos. No puede ser inferior a 3.005,06 euros y debe estar totalmente suscrito y desembolsado en un mínimo del 25%. Ninguno de los socios puede tener más de 1/3 del capital social
RESPONSABILIDAD: Limitada al capital de la sociedad. Cada socio responderá hasta el límite de su aportación y no con su patrimonio personal
DERECHOS DE LOS SOCIOS: Participan en la actividad económica y social de la cooperativa, de acuerdo a los estatutos sociales, teniendo en cuenta que 1 socio, 1 voto.
SEG. SOCIAL: Se optara en los estatutos la asimilacion de los socios trabajadores al Régimen General o al Régimen Espacial de Trabajadores Autónomos
FISCALIDAD: Impuesto sobre Sociedades. Tipo del 20%.Las CTA tienen además una bonificación del 50% En la cuota íntegra



